CONVOCATORIA ABIERTA Y PERMANENTE PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO FEMENINO EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA PARA EL EJERCICIO 2013.
La Consejería de Bienestar Social y Desarrollo de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza aprobó las normas por las que se regirá la convocatoria correspondiente al “Plan de autoempleo femenino para el ejercicio 2013”, cuyas cláusulas y anexos I (solicitud), anexo II (proyecto), anexo III (justificación) y anexo IV (ficha de terceros), se remiten para su publicación. (BOP Zaragoza nº 104 de fecha 10 de mayo de 2013)
OBJETO
Son objetivos de la presente convocatoria: 1. Impulsar estrategias que faciliten el avance social de las mujeres mediante su inserción en el mercado laboral como trabajadoras autónomas.
2. La concesión de ayudas para trabajadoras que se vayan a constituir como empresarias autónomas en los municipios y entidades locales menores de la provincia de Zaragoza, excluida la capital. Las finalidades a las que se dirige la convocatoria son las siguientes:
1. El apoyo al impulso de iniciativas de creación de empleo femenino en el mundo rural.
2. Apoyar económicamente en el inicio de la actividad a las trabajadoras que se constituyan como empresarias autónomas.
Los objetivos de la presente convocatoria se ajustan al Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, aprobado por decreto de Presidencia núm. 1.099, de fecha 10 de abril de 2013.
BENEFICIARIOS
1.º Podrán acogerse a esta convocatoria aquellas mujeres que se hayan establecido o se vayan a establecer como trabajadoras autónomas, desde el día 1 de enero de 2013 hasta el 1 de septiembre del mismo año, en los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida Zaragoza capital. Los proyectos empresariales deberán ser promovidos por mujeres favoreciendo la igualdad de oportunidades y la conciliación de la vida familiar y profesional.
Las beneficiarias deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
—Haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional en la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha fecha se considerará como inicio de actividad.
—Estar empadronadas en alguno de los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida la capital (el certificado debe haber sido emitido dentro del año 2013).
—Darse de alta en el censo de impuesto de actividades económicas.
—Estar desempleada previamente a la fecha de inicio de la actividad. A los efectos de este decreto se considerarán trabajadoras desempleadas a las demandantes de empleo, no ocupadas, que estén registradas en los Servicios Públicos de Empleo.
Queda excluida cualquier tipo de sociedad, bien sea civil, limitada, mercantil, etc. Asimismo, tampoco podrán ser beneficiarios aquellos autónomos o por cuenta propia cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades limitadas, aunque las subvenciones se soliciten a título personal. Finalmente quedarán excluidas las trabajadoras que hayan desarrollado la misma o similar actividad como autónomos o por cuenta propia en los seis meses anteriores al inicio de la actividad (a tal efecto, se entenderá por misma actividad la coincidencia en los cuatro primeros dígitos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas —CNAE—).
FINANCIACIÓN
1.º La presente convocatoria prevé la concesión ayudas por una cuantía total máxima de 155.000 euros para aquellos proyectos que hayan sido seleccionados por orden de puntuación según los criterios de valoración dispuestos en la cláusula decimocuarta, y siempre que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula cuarta y se acrediten los gastos subvencionables de la cláusula sexta, hasta agotar el crédito disponible.
2.º La cuantía individual máxima que se puede conceder a las beneficiarias no superará la cantidad de 6.200 euros.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo en que podrán presentarse las solicitudes será el contemplado en la cláusula novena y que dice así: hasta el 1 de septiembre de 2013 incluido.